En primer lugar hay que diferenciar en función del número de pasajeros y la relación existente entre ellos, asà como de quién es la potestad para imponer una propuesta de sanción. Vayamos por partes.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado que no es sancionable no usar mascarillas en los vehÃculos ya que se trata de una medida sanitaria y de salud pública frente al coronavirus sobre la que no tiene competencia alguna.
La DGT explica que no hay ningún artÃculo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial ni en los reglamentos que la desarrollan que recoja que no llevarla, quitársela o demás acciones con la misma sea un precepto infractor y mucho menos que lleve aparejado la pérdida de puntos del permiso de conducir.
Por tanto, en términos de seguridad vial no podremos ser sancionados.
Sin embargo, hay que analizar qué ocurre en el caso de que un vehÃculo esté ocupado por varias personas, además de la variable de que sean convivientes o no entre ellos.
La lógica indica que deberemos cumplir con la norma sanitaria general en cuanto a número de personas máximas convivientes o no, y las medidas sanitarias a tomar. En caso de incumplimiento, serÃa una falta ajena a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y, por tanto, sancionable si diera lugar desde otro organismo diferente a la Guardia Civil de Tráfico.
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